martes, 30 de abril de 2013

Ayuntamiento de Rotglà i Corberà. Licitación del concurso para la selección del urbanizador del programa de actuación integrada de la unidad de ejecución número 2 del plan general de ordenación urbana.

 2013/3610 Licitación del concurso para la selección del urbanizador del programa de actuación integrada de la unidad de ejecución número 2 del plan general de ordenación urbana. [2013/3610]
El Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 21 de marzo de 2013, ha adoptado el siguiente acuerdo:

Primero. Acordar la gestión indirecta de la actuación integrada de la unidad de ejecución número 2 (UE-2) del suelo urbano del plan general.

Segundo. Aprobar las bases particulares de programación correspondientes a la UE-2.

Tercero. Ordenar la publicación del correspondiente anuncio de concurso para la selección del agente urbanizador, que se insertará tal y como establece el artículo 132.2 de la Ley Urbanística Valenciana en el tablón de anuncios municipal, en el Diario Oficial de la Unión Europea y en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Cuarto. Ordenar la publicación del anuncio de concurso y de las bases particulares de programación en la web municipal, , en cumplimiento y a los efectos de lo dispuesto en la Orden de 26 de abril de 2007, de la Conselleria de Territorio y Vivienda (DOCV 30.05.2007).

Contra el referido acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los siguientes recursos:
- Recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que ha dictado el acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 14 de enero).
- Recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el órgano jurisdiccional que corresponda, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 46 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1998, y 74, 91 y disposición transitoria segunda, apartado 2, de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
- Recurso de revisión, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 118 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en los plazos señalados en el citado artículo, ante el órgano que dictó el acto.

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