miércoles, 1 de junio de 2011

Ayuntamiento de La Pobla Tornesa. Concurso para la adjudicación del Programa de Actuación Integrada de la Unidad de Ejecución UE R4C. [2011/6137]

 Concurso para la adjudicación del Programa de Actuación Integrada de la Unidad de Ejecución UE R4C.
[2011/6137]
Habiéndose acordado por el Pleno del Ayuntamiento de La Pobla Tornesa en sesión celebrada el día 2 DE marzo de 2011, la apertura de procedimiento de concurso para la adjudicación del Programa de Actuación Integrada de la Unidad de Ejecución UE R4C, así como las bases particulares que deben regirlo, se procede, de acuerdo con lo establecido en el artículo 132 de la Ley Urbanística Valenciana, a publicar anuncio de concurso y extracto de bases particulares, con el contenido que allí se indica, habiéndose remitido previamente anuncio al Diario Oficial de la Unión Europea el día 25 de mayo de 2011.
1. Entidad local adjudicataria: Ayuntamiento de La Pobla Tornesa, plaza del Ajuntament, número 1, La Pobla Tornesa, 12191 Castelló. Teléfono 964 338 150; fax 964 338 003; correu electrònic .
2. Bases: bases generales para la adjudicación de programas de actuación integrada, aprobadas por Acuerdo plenario de 7 de junio de 2006 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Castelló de 27 de junio de 2006; Bases Particulares del Programa de Actuación Integrada UE R4C, aprobadas por Acuerdo plenario de 2 de marzo de 2011 y de las que se publica aquí extracto. Ambos documentos quedan a disposición de los interesados que podrán obtener copia de los mismos dirigiéndose al Ayuntamiento de La Pobla Tornesa, en la dirección indicada en el apartado 1.
3. Lugar, idioma y plazo de presentación: Registro General del Ayuntamiento de La Pobla Tornesa; idioma, español; fecha límite de presentación de proposiciones, 25 de agosto de 2011 inclusive.
4. De acuerdo con lo establecido por el artículo 122 de la Ley Urbanística Valenciana (LUV), la solvencia económica y financiera del urbanizador se acreditará por informe de instituciones financieras o seguro de indemnización por riesgos profesionales.
La solvencia técnica y profesional se acreditará por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 123 de la Ley Urbanística Valenciana.
5. Documentación a presentar:
- Documentación del sobre B: documentación acreditativa de la personalidad del licitador, capacidad, solvencia y otras, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 de las bases generales.
- Documentación sobre A, incluirá dos sobres, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 de las bases generales. Sobre A1: documentación integrante de la alternativa técnica, a la que se refieren el artículo 126 de la Ley Urbanística Valenciana y el artículo 12 de las bases generales para la adjudicación de programas. Sobre A.2: documentación integrante de la proposición jurídico-económica, de acuerdo con los artículos 127 de la LUV y 13 de las bases generales.
Esta documentación deberá someterse por el concursante a información pública por el plazo de un mes, de acuerdo con lo que establece el artículo 134 de la LUV.
6. Se admitirán variantes.
7. Criterios de adjudicación y valoración:
a) Correspondientes a la alternativa técnica: 40% de la puntuación total, de acuerdo con lo establecido en el artículo 312.2.c y el artículo 312.3 del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística.
Los criterios de valoración de la alternativa técnica y su puntuación será la que sigue, sobre un total de 100 puntos:
La calidad técnica de la ordenación propuesta: hasta 50 puntos (50% del total).
La resolución adecuada de la integración de la actuación en su entorno y la mejor estructuración de dotaciones públicas y de espacios libres: hasta 20 puntos (20% del total).
La calidad técnica de las resoluciones propuestas para la urbanización: 10 puntos (10% del total).
Inversión en programas de restauración paisajística o de imagen urbana dentro del ámbito del programa, como objetivos complementarios del mismo, de acuerdo con las directrices establecidas en los artículos 30 a 35 de la Ley 4/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de ordenación del territorio y protección del paisaje: 10 puntos (10% del total).
Plazo de ejecución del programa de actuación integrada: 5 puntos (5% del total).
Compromiso de edificación simultánea a la urbanización de los solares resultantes de la actuación por encima de un mínimo legalmente exigible: 2 puntos (2% del total).
Compromisos adicionales asumidos voluntariamente y a su cargo por el urbanizador: 2 puntos (2% del total).
Medios para el control de cada una de las prestaciones que constituyen el objeto del programa: 1 punto (1% del total).
Para proceder a la valoración de la proposición jurídico-económica, las propuestas de alternativa técnica presentadas deberán obtener una puntuación mínima de 75 puntos.
b) Correspondientes a la proposición jurídico-económica: 60% de la puntuación total, de acuerdo con el artículo 312.2.c del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística (ROGTU).
Los criterios de valoración de la proposición jurídico-económica y su puntuación será la que sigue sobre un total de 100 puntos:
Importe de las cargas de urbanización, expresadas en euro por metro cuadrado de edificabilidad: 35 puntos (35% del total).
Valoración de los terrenos a efectos de fijar el coeficiente de cambio para pago en especie: 20 puntos (20% del total).
Menor proporción de solares que deban ser puestos a disposición del urbanizador por medio de reparcelación forzosa como retribución a cuenta de terceros con los que no tenga contrato suficiente: 20 puntos (20% del total).
Mayor proporción de terrenos propios o asociados que deban quedar afectos con garantía real inscrita en el Registro de la Propiedad al cumplimiento de las obligaciones especiales de edificación derivadas de la aprobación del programa: 20 puntos (20% del total).
Compromisos financieros para la ejecución de las obligaciones complementarias asumidas voluntariamente y a su costa por el urbanizador: 5 puntos (5% del total).
8. Garantía Provisional: 4.000 euros.
9. Garantía definitiva: 10% del valor de las cargas de urbanización.

La Pobla Tornesa, 25 de mayo de 2011.- El alcalde: Carlos Selma Miguel.