lunes, 4 de abril de 2011

Selección de un programa de actuación integrada y un urbanizador para el desarrollo urbanístico del tramo de calle sita en suelo urbano, sita en cl. Saldonar LL.

 APARTADO I: PODER ADJUDICADOR
I.1)NOMBRE, DIRECCIONES Y PUNTOS DE CONTACTO
Ajuntament de Vinaròs
plaza Parroquial, nº 12
Contacto: Servicios Técnicos
A la atención de: Tag Urbanismo
12500 Vinaròs
ESPAÑA
Teléfono +34 964407707
Correo electrónico: mcredo@vinaros.org
Fax +34 964407706
Direcciones Internet
Dirección del poder adjudicador http://www.vinaros.org
Puede obtenerse más información en: Véanse los puntos de contacto mencionados arriba
El pliego de condiciones y la documentación complementaria (incluidos los documentos destinados a un diálogo competitivo y un Sistema Dinámico de Adquisición) pueden obtenerse en: Véanse los puntos de contacto mencionados arriba
Las ofertas o solicitudes de participación deben enviarse a: Véanse los puntos de contacto mencionados arriba
I.2)TIPO DE PODER ADJUDICADOR Y PRINCIPAL(ES) ACTIVIDAD(ES)
Institución regional o local
APARTADO II: OBJETO DEL CONTRATO
II.1)DESCRIPCIÓN
II.1.1)Denominación del contrato establecida por el poder adjudicador
Selección de un programa de actuación integrada y un urbanizador para el desarrollo urbanístico del tramo de calle sita en suelo urbano, sita en cl. Saldonar LL.
II.1.2)Tipo de contrato y emplazamiento de las obras, lugar de entrega o de ejecución
ObrasProyecto y ejecución
II.1.3)El anuncio se refiere a
Un contrato público
II.1.4)Información sobre el acuerdo marco
II.1.5)Breve descripción del contrato o adquisición
Las presentes bases tienen como objeto regular, junto con las bases generales aprobadas en sesión plenaria de 12.9.2006, las condiciones básicas de carácter técnico, jurídico, económico y administrativo para la selección de un programa de actuación integrada y un urbanizador, para el desarrollo urbanístico del ámbito establecido en el punto siguientes, partiendo de la premisa de que la relación jurídica que unirá al urbanizador seleccionado y a la administración local actuante será la de un contrato administrativo especial.
II.1.6)CLASIFICACIÓN CPV (VOCABULARIO COMÚN DE CONTRATOS PÚBLICOS)
45000000
II.1.7)Contrato cubierto por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP)
II.1.8)División en lotes
II.1.9)¿Se aceptarán variantes?
No
II.2)CANTIDAD O EXTENSIÓN DEL CONTRATO
II.2.1)Extensión o cantidad total del contrato
Se establecen los siguientes plazos para el desarrollo y ejecución del PAI:a) La presentación de los textos refundidos correspondientes al planeamiento o al proyecto de urbanización deberá producirse en el plazo máximo de 2 meses desde que tenga lugar la notificación al urbanizador de la aprobación, provisional o definitiva, que imponga modificaciones a la alternativa técnica;b) El inicio del procedimiento de pública concurrencia para la selección del empresario constructor deberá tener lugar en el plazo de 1 mes desde la formalización del contrato entre el urbanizador y la administración actuante;c) El proyecto de reparcelación deberá someterse a información al público por el urbanizador en el plazo máximo de seis meses desde la finalización del plazo para la opción por modalidad de retribución previsto en los artículos 166 de la Ley Urbanística Valenciana y en este Reglamento. A tal efecto, el urbanizador deberá presentar ante la Administración actuante acreditación justificativa de la práctica de las comunicaciones reguladas exigibles;d) La presentación de los textos refundidos correspondientes al proyecto de reparcelación deberá producirse en el plazo máximo de dos meses desde que tenga lugar la notificación al urbanizador de las modificaciones a introducir en el Proyecto inicialmente formulado;e) El inicio de las obras de urbanización deberá producirse en el plazo de 3 meses desde la aprobación definitiva del proyecto de reparcelación, acreditándose mediante acta de replanteo suscrita por la dirección de las obras y, al menos por un técnico municipal. A estos efectos, el urbanizador deberá acreditar, en el acta de replanteo, el pago a los acreedores netos de la cuenta de liquidación o bien la consignación de dicha cantidad en la Tesorería municipal;f) Las obras de urbanización deberán finalizar en el plazo máximo de 36 meses desde su inicio. La finalización de las obras se acreditará mediante el correspondiente certificado final de obras expedido por el director facultativo;g) Plazo máx. edificación de los solares. (ver art 125.6): 4 años desde recepción obras urbanización.Los plazos previstos en el apartado anterior únicamente podrán ser prorrogados y suspendidos de acuerdo con lo dispuesto en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas. En particular:a) En lo relativo a la redacción de textos refundidos y proyecto de reparcelación, resultarán aplicables las reglas propias del contrato administrativo de consultoría y asistencia técnica;b) Por lo que se refiere a la ejecución de las obras, serán aplicables los preceptos relativos al contrato administrativo de obras.
II.2.2)Opciones
descripción de tales opciones: Cada concursante podrá presentar una única variante respecto a su propuesta original.Únicamente se considerarán variantes las modificaciones de carácter técnico y nunca las de carácter económico, siempre y cuando, además, no alteren sustancialmente la ordenación urbanística propuesta. No se considerarán variantes, por lo que serán admisibles, las modificaciones del ámbito territorial que supongan meros retoques o ajustes de detalle en algún punto perimetral de la actuación o de sus conexiones viarias, o cuando el terreno añadido, por su escasa dimensión, no sea técnicamente susceptible de programación autónoma.La presentación de una variante respecto de la Alternativa Técnica inicial en ningún caso legitimará la presentación de una nueva proposición jurídico-económica. No obstante, el Ayuntamiento podrá elegir, de entre la alternativa original y la variada, aquella que mejor satisfaga los intereses públicos, aplicándosele la proposición jurídico-económica formulada y sin poder modificar en ningún caso el contenido de las Bases Particulares.No se entenderá como alternativa técnica el avance de planeamiento que formule quien inste la iniciación del procedimiento de programación. En consecuencia, el referido aspirante podrá presentar Alternativa Técnica, que no se considerará variante de su avance de programación, todo ello con respeto a lo dispuesto en las Bases Generales y Particulares que regulen el procedimiento.
II.3)DURACIÓN DEL CONTRATO O PLAZO DE EJECUCIÓN
APARTADO III: INFORMACIÓN DE CARÁCTER JURÍDICO, ECONÓMICO, FINANCIERO Y TÉCNICO
III.1)CONDICIONES RELATIVAS AL CONTRATO
III.1.1)Depósitos y garantías exigidos
Se establece como garantía provisional un porcentaje del 2 % sobre el presupuesto de cargas de urbanización que se establece provisionalmente en 90 EUR/m².Esta cantidad incluirá todas las cargas de urbanización, se considera precio cierto de licitación y tiene carácter de máximo.La garantía definitiva se establece en 10 % del precio final adjudicado.
III.1.2)Principales condiciones de financiación y de pago y/o referencia a las disposiciones que las regulan
III.1.3)Forma jurídica que deberá adoptar la agrupación de operadores económicos adjudicataria del contrato
III.1.4)Otras condiciones particulares a las que está sujeta la ejecución del contrato
No
III.2)CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN
III.2.1)Situación personal de los operadores económicos, incluidos los requisitos relativos a la inscripción en un registro profesional o mercantil
Información y trámites necesarios para evaluar si se cumplen los requisitos: El empresario- constructor se seleccionará según el procedimiento establecido en el artículo 357 y siguientes del ROGTU, en concordancia con las determinaciones de la LUV, salvo en los casos de propietario único o acuerdo unánime de la totalidad de propietarios con el urbanizador y el previsto en el art. 120.6 de la LUV.Para poder ser seleccionado precisará disponer de clasificación de contratista para la ejecución de obras para la Administración, en los términos establecidos en la legislación vigente de contratación pública, salvo lo establecido en el artículo 25 LCAP.
III.2.2)Capacidad económica y financiera
Información y trámites necesarios para evaluar si se cumplen los requisitos: Se estará a lo dispuesto en el artículo 5 y 6 de las Bases Generales aprobadas por el Ayuntamiento.
III.2.3)Capacidad técnica
Información y trámites necesarios para evaluar si se cumplen los requisitos:Se estará a lo dispuesto en el artículo 5 y 6 de las Bases generales aprobadas por el Ayuntamiento.
III.2.4)Contratos reservados
III.3)CONDICIONES ESPECÍFICAS DE LOS CONTRATOS DE SERVICIOS
III.3.1)La prestación del servicio se reserva a una profesión determinada
III.3.2)Las personas jurídicas deben indicar los nombres y cualificaciones profesionales del personal encargado de la prestación del servicio
APARTADO IV: PROCEDIMIENTO
IV.1)TIPO DE PROCEDIMIENTO
IV.1.1)Tipo de procedimiento
Abierto
IV.1.2)Limitación del número de operadores a los que se invitará a licitar o participar
IV.1.3)Reducción del número de operadores durante la negociación o el diálogo
IV.2)CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
IV.2.1)Criterios de adjudicación
La oferta económicamente más ventajosa teniendo en cuenta: los criterios que figuren en el pliego de condiciones, en la invitación a licitar o a negociar o en el documento descriptivo
IV.2.2)¿Se realizará una subasta electrónica?
No
IV.3)INFORMACIÓN ADMINISTRATIVA
IV.3.1)Número de referencia que el poder adjudicador asigna al expediente
IV.3.2)Publicaciones anteriores referentes al mismo contrato
IV.3.3)Condiciones para la obtención del pliego de condiciones y documentación complementaria
IV.3.4)Plazo de recepción de ofertas y solicitudes de participación
1.7.2011
IV.3.5)Fecha límite de envío a los candidatos seleccionados (si se conocen) de las invitaciones a licitar o a participar
IV.3.6)Lengua(s) en que puede redactarse la oferta o solicitud de participación
español.Otras: Valenciano.
IV.3.7)Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta
IV.3.8)Condiciones para la apertura de las ofertas
APARTADO VI: INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
VI.1)¿SE TRATA DE CONTRATOS PERIÓDICOS?
No
VI.2)¿SE RELACIONA EL CONTRATO CON UN PROYECTO O PROGRAMA FINANCIADO MEDIANTE FONDOS COMUNITARIOS?
VI.3)INFORMACIÓN ADICIONAL
VI.4)PROCEDIMIENTOS DE RECURSO
VI.4.1)Órgano competente para los procedimientos de recurso
VI.4.2)Presentación de recursos
VI.4.3)Servicio que puede facilitar información sobre la presentación de recursos
VI.5)FECHA DE ENVÍO DEL PRESENTE ANUNCIO:1.4.2011