Apartado I. Poder adjudicador
I.1) Nombre, direcciones y puntos de contacto:
I) Nombre oficial: Ayuntamiento de Crevillent.
II) Dirección postal: calle Mayor, número 9.
III) Localidad: Crevillent.
IV) Código postal: 03330.
V) País: España.
VI) Servicio de Urbanismo.
Expediente: 1-83/2012
VII) Teléfono de contacto: 965 401 526.
VIII) Fax de contacto: 965 401 954.
IX) Dirección de correo electrónico de contacto: .
Dirección Internet: .
Dirección del poder adjudicador: calle Mayor, número 9.
Puede obtenerse más información en: véanse los puntos de contacto mencionados arriba.
Las
bases generales y las bases particulares reguladoras del programa de
actuación integrada pueden obtenerse en: véanse los puntos de contacto
mencionados arriba.
X) Publicación de las bases generales: Boletín Oficial de la Provincia de Alicante nº 14, de 20 de enero de 2012.
Las ofertas o solicitudes de participación deben enviarse a:
I) Nombre oficial: Ayuntamiento de Crevillent.
II) Dirección postal: calle Mayor, número 9.
III) Localidad: Crevillent.
IV) Código postal: 03330.
V) País: España.
VI) Punto de contacto: Servicio de Urbanismo.
VII) Teléfono de contacto: 965 401 526.
VIII) Fax de contacto: 965 401 954.
IX) Dirección de correo electrónico de contacto: .
Las
proposiciones de los interesados en participar en el concurso se
presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, sito en la calle
Mayor, número 9, de Crevillent.
I.2) Tipo de poder adjudicador y principal/es actividad/es: institución local.
Apartado II. Objeto del contrato
II.1) Descripción.
II.1.1)
Denominación del contrato establecida por el poder adjudicador:
programa de actuación integrada para el desarrollo del sector I-10
urbanizable no ordenado industrial, incluido en el Plan General de
Ordenación Urbana de Crevillent.
II.1.2) Tipo de contrato y emplazamiento de las obras, lugar de entrega o de ejecución:
Tipo de contrato: proyecto y ejecución.
Emplazamiento
principal de las obras: sector I-10 urbanizable no ordenado industrial,
cuyos límites son: norte y noreste, polígono Cachapets y N-340;
sureste, vereda de Carga; oeste, parte de las parcelas catastrales 3, 5,
6, 8, 10, 13, 14, 15 y 17 del polígono 42 dentro o junto a las franjas
de servidumbre y policía del barranco Amorós, calificada por el Plan
General como Suelo no urbanizable común de usos mixtos.
II.1.3) El anuncio se refiere a: un contrato público.
II.1
4) Breve descripción del contrato o adquisición: el presente contrato
tiene por objeto la selección del agente urbanizador para la ejecución
del programa de actuación integrada a que se refieren las bases
particulares, en las que se regulan las condiciones de carácter técnico,
jurídico-económico y administrativo para la selección de una propuesta
de programa, así como un agente urbanizador para el desarrollo
urbanístico del sector I-10 urbanizable no ordenado industrial del PGOU
de Crevillent.
II.1.5) Clasificación: suelo urbanizable no ordenado industrial.
II.1.6) Contrato cubierto por el acuerdo sobre contratación pública (ACP): no.
II.1.7) División en lotes: no.
II.1.8) ¿Se aceptarán variantes? no.
II.2) Cantidad o extensión del contrato.
II.2.1)
Extensión o cantidad total del contrato: el presupuesto estimado de las
cargas de urbanización, asciende a la cantidad de dieciséis millones
ciento treinta y cuatro mil sesenta y cinco euros (16.134.065 ), IVA no
incluido.
Dicha cantidad se tomará como precio cierto de licitación, que tendrá carácter de máximo.
II.2.2) Opciones: no.
II.3) Duración del contrato o plazo de ejecución:
Plazo
estimado en las bases particulares de programación para el desarrollo
del programa de actuación integrada: en la base particular IX se fijan
los plazos máximos:
Apartado III. Información de carácter jurídico, económico, financiero y técnico
III.1) Condiciones relativas al contrato.
III.1.1)
Depósitos y garantías exigidos: no se deberá prestar garantía
provisional conforme a lo establecido en la base particular XV.
III.1.2)
Principales condiciones de financiación y de pago y/o referencia a las
disposiciones que las regulan: son las reguladas en los artículos 166 y
167 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat,
Urbanística Valenciana (DOCV 5167, de 31 de diciembre de 2005); y
artículos 382 a 385 del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y
Urbanística (Decreto 67/2006, de 19 de mayo, del Consell, modificado
por Decreto 36/2007, de 13 de abril; DOGV 5264, de 23 de mayo de 2006).
III.1.3) Forma jurídica que deberá adoptar la agrupación de operadores económicos adjudicataria del contrato: no es exigible.
III.1.4)
Otras condiciones particulares a las que está sujeta la ejecución del
contrato: lo establecido en las bases generales con las especificaciones
establecidas en las bases particulares de programación.
III.2) Condiciones de participación.
III.2.1)
Situación personal de los operadores económicos, incluidos los
requisitos relativos a la inscripción en un registro profesional o
mercantil: lo establecido en las bases generales con las
especificaciones establecidas en las bases particulares de programación.
III.2.2)
Capacidad económica y financiera: lo establecido en las bases generales
y que se trascribe en la base particular de programación XIII
III.2.3) Capacidad técnica: lo establecido en las bases generales y que se trascribe en la base particular de programación XIII.
Apartado IV. Procedimiento.
IV.1) Tipo de procedimiento.
IV.1.1) Tipo de procedimiento: abierto
IV.2) Criterios de adjudicación.
IV.2.1) Criterios de adjudicación: los criterios establecidos en la base particular XIV.
1. De la alternativa técnica, que representará un total del 65% del porcentaje global de la propuesta de programa:
a) La calidad técnica de la ordenación propuesta.
Ponderación: este criterio representará un 50% de la valoración de la alternativa técnica.
b)
La resolución adecuada de la integración de la actuación en su entorno y
la mejor estructuración de dotaciones públicas y de espacios libres.
Ponderación: este criterio representará un 20% de la valoración de la alternativa técnica.
c) La calidad técnica de las soluciones propuestas para la urbanización.
Ponderación: este criterio representará un 10% de la valoración de la alternativa técnica.
d)
Inversión en programas de restauración paisajística o de imagen urbana
dentro del ámbito del programa, como objetivos complementarios del
mismo, de acuerdo con las directrices establecidas en los artículos 30 a
35 de la Ley 4/2004, de 30 de junio, de la Generalitat, de Ordenación
del Territorio y Protección del Paisaje.
Ponderación: este criterio representará un 10% de la valoración de la alternativa técnica.
e) Plazo para el desarrollo de la actuación integrada.
f) Compromiso de edificación simultánea a la urbanización por encima de un mínimo legal exigible.
g) Compromisos adicionales asumidos voluntariamente y a su cargo por el urbanizador
f) Medios de control de cada una de las prestaciones que constituyen el objeto del programa.
Ponderación:
los criterios establecidos en las cuatro letras anteriores
representarán en conjunto un 10% de la valoración de la alternativa
técnica.
2 La Proposición jurídico-económica, que representará un total de 35% del porcentaje global de la propuesta de programa.
a) Menor importe de las cargas de urbanización, expresadas en euros por metro cuadrado de edificabilidad.
Ponderación: este criterio representará un 25% de la valoración de la proposición jurídico-económica.
b)
Coeficiente de cambio a efecto de pago en terrenos como retribución del
urbanizador, menor proporción de solares o aprovechamientos que deban
ser puestos a disposición de urbanización por medio de reparcelación
forzosa como retribución a cuenta de terceros con los que no tengan
contrato suficiente.
Ponderación: este criterio representará un 20% de la valoración de la proposición jurídico-económica.
c)
Mayor superficie de terrenos dentro del ámbito de la actuación y a
disposición del urbanizador, propios o de terceros con los que tenga
contrato suficiente, que haya de quedar afecta, con garantía real
inscrita en el Registro de la Propiedad, al cumplimiento de las
obligaciones especiales de edificación Y objetivos imprescindibles o
complementarios derivados de la aprobación del programa.
Ponderación:
este criterio representará un 50% de la valoración de la proposición
jurídico-económica. Todo ello en aplicación de lo establecido en la base
general 12ª b, que reproduce el articulo 127.1.b de la ley y que
desarrolla el articulo 304 del ROGTU.
d) Compromisos financieros para
la ejecución de las obligaciones complementarias asumidas
voluntariamente y a su costa por el urbanizador.
Ponderación: este criterio representará un 5% de la valoración de la proposición jurídico-económica.
No
se procederá al análisis y puntuación de la proposición
jurídico-económica cuya alternativa técnica no obtenga, al menos, el 50%
de la puntuación asignada.
Se seguirá el procedimiento de
adjudicación y aprobación del programa de actuación integrada previsto
en el artículo 137 de la LUV y normativa de desarrollo del ROGTU, tras
las actuaciones previas descritas en el artículo 136 de la misma ley,
con las especificaciones establecidas en las bases generales y las
presentes bases particulares. No se solicitará dictamen del Consejo del
Territorio y del Paisaje.
IV.2.2) ¿Se realizará una subasta electrónica? no.
IV.3) Información administrativa.
IV.3.1)
Número de referencia que el poder adjudicador asigna al expediente:
expediente número 1-83/2012 PAI sector I-10 urbanizable no ordenado
industrial del PGOU de Crevillent.
IV.3.2) Publicaciones anteriores referentes al mismo contrato: no.
IV.3.3) Condiciones para la obtención de las bases generales y particulares de programación:
Plazo
de recepción de solicitudes de documentos o de acceso a los mismos:
durante el plazo de presentación de proposiciones establecido en la base
particular XII, de 09.00 a 14.00 horas, en el Registro General de calle
Mayor, número 9.
IV.3.4) Plazo de recepción de ofertas y solicitudes
de participación: las proposiciones de los interesados se presentarán
en el Registro General del Ayuntamiento en el plazo de cuatro meses, a
contar desde la fecha de envío del anuncio de licitación al Diario
Oficial de la Unión Europea, fecha que constará en la publicación del
anuncio del concurso.
Si el último día de presentación de
proposiciones coincide en sábado, el plazo se entenderá prorrogado al
primer día hábil siguiente.
IV.3.5) Lengua/s en que se puede redactarse la oferta o solicitud de participación: ES (español) y valenciano.
IV.3.6) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: hasta el acto de adjudicación del concurso.
IV.3.7) Condiciones para la apertura de las ofertas:
Personas autorizadas a estar presentes en la apertura de ofertas: sí, personas autorizadas que representen a licitadores.
Se notificará, de acuerdo con las bases generales, el lugar, la fecha y la hora.
Apartado VI. Información complementaria
VI.1) No se trata de contratos periódicos.
VI.2) No se relaciona el contrato con un proyecto o programa financiado mediante fondos comunitarios.
VI.3)
Información adicional: la documentación acreditativa del cumplimiento
de los criterios de solvencia económica, financiera, técnica y
profesional exigidos para ser admitidos a concurso es la recogida en la
base particular XIII.
La documentación a presentar por cada concursante, está establecida en la base particular X.
Los
licitadores están obligados a someter la documentación a que hace
referencia el artículo 134.1 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre,
Urbanística Valenciana (DOGV de 31 de diciembre de 2005) y, en su caso,
la exigida por el artículo 307 del Reglamento de Ordenación y Gestión
Territorial y Urbanística, aprobado por Decreto 67/2006, de 12 de mayo,
del Consell de la Generalitat (DOGV de 23 de mayo de 2006) a información
al público por el plazo de un mes, en la forma y requisitos señalados
en tales preceptos. Antes de la publicación del citado anuncio, los
licitadores tendrán que haber remitido aviso del inicio del
procedimiento de gestión indirecta del programa de actuación integrada
al domicilio fiscal de quienes consten en el catastro como titulares de
derechos afectados por la actuación propuesta, conforme a lo dispuesto
en el artículo 134.4 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística
Valenciana (DOGV de 31 de diciembre de 2005).
VI.4) Procedimientos de recurso:
VI.4.1) Órgano competente para los procedimientos de recurso:
I) Nombre oficial: Ayuntamiento de Crevillent.
II) Dirección postal: calle Mayor, número 9.
III) Localidad: Crevillent.
IV) Código postal: 03330.
V) País: España.
VI) Servicio Urbanismo.
Expediente: 1-83/2012.
VII) Teléfono de contacto: 965 401 526.
VIII) Fax de contacto: 965 401 954.
IX) Dirección de correo electrónico de contacto: .
Dirección Internet: .
Dirección del poder adjudicador (URL): calle Mayor, número 9.
VI.5) Fecha de envío del presente anuncio
El
anuncio del concurso del programa de actuación integrada fue enviado al
Diario Oficial de la Unión Europea en fecha 29 de marzo de 2012
Lo que se comunica para general conocimiento.
Crevillent, 30 de marzo de 2012.- La secretaria general: Olga Pino Díez.