I. Objeto del contrato
1.1. El presente contrato tiene por objeto el
desarrollo y ejecución del programa de actuación integrada que se
especifica en las presentes bases particulares, en las que se regulan
las condiciones de carácter técnico, jurídico, económico y
administrativo, para la selección de una propuesta de programa de
actuación integrada y de un urbanizador para el desarrollo urbanístico
de la actuación relativa a la Unidad de Ejecución Casco 8.
1.2. En el
anexo I se detallarán la ordenación urbanística vigente en el ámbito de
la actuación integrada objeto del contrato, la memoria de necesidades y
objetivos a satisfacer con el programa de actuación integrada y la
ficha de gestión.
1.3. La solicitud de inicio de trámite lo fue a instancia de Martinsa Fadesa ,SA, en fecha 20 de diciembre de 2011.
II. Régimen jurídico (art. 286.1.d del Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística)
El
presente contrato tiene naturaleza administrativa especial, y en todo
lo no previsto en las presentes bases particulares, serán de aplicación
la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, de la Generalitat, Urbanística
Valenciana y el Reglamento de Ordenación y Gestión Territorial y
Urbanística, aprobado por Decreto 67/2006, de 19 de mayo, del Consell de
la Generalitat, su Modificación aprobada por Decreto 36/2007, de 13 de
abril, y las bases generales de programación.
Serán de aplicación
supletoria las disposiciones contenidas en el título II del libro IV de l
a Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP)
y las establecidas en el Reglamento General de la Ley de Contratos de
las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de
12 de octubre, así como las normas que regulan la contratación
administrativa de las entidades locales que le sean de aplicación.
En
caso de contradicción entre los documentos contractuales antes citados,
el orden de prelación será el siguiente: bases particulares de
programación, bases generales de programación y contrato para el
desarrollo y ejecución del programa de actuación integrada.
III. Ordenación urbanística vigente (art. 131.2.a Ley Urbanística Valenciana)
La ordenación urbanística vigente en el ámbito de actuación es la que figura en el apartado B del anexo I.
IV. Memoria de necesidades y objetivos del programa de actuación integrada (art. 131.2.b Ley Urbanística Valenciana)
1. Memoria de necesidades:
El
programa de Actuación Integrad, teniendo en cuanta que nos hallamos
ante una Unidad de Ejecución que se delimita sobre Suelo Urbano sin
urbanizar y colindante con el Casco Urbano, es la transformación
jurídica de los terrenos manteniendo la ordenación propuesta en el Plan
General.
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