Licitación del programa de actuación integrada de la unidad de ejecución
A-12.1 redelimitada del Plan General y ámbito de conexión con el Camí
Fondo-rotonda avenida Cañada Blanch y parcela catastral 0877120.
[2012/2010]
I. Poder adjudicador
I.1. Nombre, direcciones y puntos de contacto.
I.1.1. Entidad local adjudicataria del programa de actuación integrada.
Nombre oficial: Ayuntamiento de Burriana.
Dirección postal: plaza Mayor, 1.
Localidad: Burriana.
Código postal: 12530.
País: España.
Unidad
administrativa responsable de la tramitación del programa: Negociado de
Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio.
Teléfono: 964 510 062 (ext. 208).
Fax: 964 510 955.
Dirección de correo electrónico: .
I.1.2. Direcciones Internet.
.
I.1.3.Puede obtenerse más información en: véanse los puntos de contacto mencionados arriba.
I.1.4.
Las bases generales y las bases particulares reguladoras del programa
de actuación integrada pueden obtenerse en: véanse los puntos de
contacto mencionados arriba.
Las bases generales aprobadas por el
Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 5 de febrero de 2009,
están publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón
(BOP) núm. 24, de 24 de febrero de 2009.
Las bases particulares han
sido publicadas en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV)
núm. 6660, de 28 de noviembre de 2011.
I.1.5. Las ofertas y solicitudes de participación deben enviarse a: véanse los puntos de contacto mencionados arriba.
I.2. Tipo de poder adjudicador y principal(es) actividad(es): institucional local.
II. Objeto del contrato
II.1. Descripción.
II.1.1.
Denominación del contrato establecida por el poder adjudicador:
selección y adjudicación del programa de la unidad de ejecución A-12.1
redelimitada del Plan General de Burriana y ámbito de conexión con el
Camí Fondo - rotonda av. Cañada Blanch y parcela catastral 0877120.
II.1.2. Tipo de contrato y emplazamiento de las obras, lugar de entrega o de ejecución.
Obras.
Proyecto y ejecución.
Emplazamiento
principal de las obras: superficie que comprende la unidad de ejecución
A-12.1 redelimitada del Plan General y superficie correspondiente a la
zona de conexión del Camí Fondo (rotonda con av. Cañada Blanch y
catastral 0877120).
Código NUTS: ES522.
II.1.3. El anuncio se refiere a: un contrato público.
II.1.4.
Breve descripción del contrato o adquisición: selección y adjudicación
del programa de la unidad de ejecución A-12.1 redelimitada del Plan
General de Burriana y ámbito de conexión con el Camí Fondo - rotonda av.
Cañada Blanch y parcela catastral 0877120.
Dicho ámbito está
clasificado por el Plan General como suelo urbano de uso residencial y
calificado como zona de vivienda unifamiliar, aislada o pareada (código
UFA) y en hilera o agrupada (código UFH).
II.1.5. Clasificación CPV: 45000000. Trabajos de construcción.
II.1.6. Contrato cubierto por el acuerdo sobre contratación pública (ACP): no.
II.1.7. División en lotes: no.
II.1.8. ¿Se aceptarán variantes?: ver bases particulares X.
Únicamente
serán admisibles las modificaciones del ámbito territorial que
consistan en meros retoques o ajustes de detalle en algún punto
perimetral de la actuación o de sus conexiones viarias.
II.2. Cantidad o extensión del contrato.
II.2.1. Extensión o cantidad total del contrato: 1.500.000,00 euros (IVA no incluido).
II.2.2. Opciones: no.
II.3. Duración del contrato o plazo de ejecución.
II.3.1.
Plazo estimado en las bases particulares de programación para el
desarrollo del programa de actuación integrada: ver bases particulares
XIII y bases generales XV).
- Plazo máximo inicio selección del empresario-constructor: un mes desde formalización contrato Ayuntamiento-urbanizador.
-
Remisión de comunicaciones: un mes desde firma del contrato con el
empresario constructor o desde formalización contrato
Ayuntamiento-urbanizador.
- Plazo máximo de presentación del proyecto
de reparcelación: cuatro meses desde la finalización del plazo para la
opción de la modalidad de retribución.
- Plazo máximo presentación
texto refundido de proyecto de reparcelación, en su caso: dos meses
desde la recepción del decreto en el que se indiquen las modificaciones a
introducir, en su caso.
- Plazo máximo inicio obra urbanizadora: tres meses desde firmeza en vía administrativa del proyecto de reparcelación.
- Plazo máximo ejecución urbanización: nueve meses desde su inicio.
- Plazo máximo edificación de los solares: dos años desde recepción obras urbanización.
III. Información de carácter jurídico, económico, financiero y técnico
III.1. Condiciones relativas al contrato.
III.1.1. Depósitos y garantías exigidos: ver bases particulares XVI.
-
Garantía provisional: 2% de la estimación aproximada de las cargas del
programa, IVA no incluido, lo que equivale a una cuantía de 30.000,00
euros.
- Garantía definitiva: 10% del valor de las cargas de urbanización (IVA no incluido) del programa aprobado.
Procederá
elevar la garantía definitiva al 20% en el supuesto de que las cargas
urbanísticas se encuentren incursas en presunción de temeridad,
calculada en los términos establecidos en la legislación de contratos de
las administraciones públicas.
III.1.2. Principales condiciones de financiación y de pago y/o referencia a las disposiciones que las regulan: no se prevén.
III.1.3. Forma jurídica que deberá adoptar la agrupación de operadores económicos adjudicataria del contrato.
III.1.4.
Otras condiciones particulares a las que está sujeta la ejecución del
contrato: véanse las bases generales y particulares de programación del
programa de actuación integrada.
III.2. Condiciones de participación.
III.2.1.
Situación personal de los operadores económicos, incluidos los
requisitos relativos a la inscripción en un registro profesional o
mercantil: ver bases particulares XV.
Podrán participar en el
concurso para la selección y adjudicación del presente programa todas
las personas, naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan
plena capacidad de obrar, sean o no propietarias de los terrenos
afectados, y reúnan las condiciones de solvencia económica y financiera,
técnica y profesional exigibles según las bases particulares y
generales aprobadas.
III.2. 2. Capacidad económica y financiera: ver bases particulares XV y bases generales IX.
La
justificación de la solvencia económica y financiera del urbanizador se
acreditará mediante el cumplimiento de uno de los requisitos
siguientes:
- Capital social mínimo que supere los 3.000,00 euros.
Dicho extremo se acreditará por medio de certificado expedido por el
Registro Mercantil, de una antigüedad no superior a tres meses.
- Disponibilidad de fondos propios, en los términos previstos en la base IX de las bases generales.
- Agrupaciones de interés urbanístico, en los términos previstos en la base IX de las bases generales.
III.2.3. Capacidad técnica: ver bases generales IX.
1.
La justificación de la solvencia técnica y profesional del urbanizador
se acreditará por uno o varios de los medios siguientes:
a)
Presentación de una relación de los programas de actuación integrada, o
instrumentos o contratos relacionados con el planeamiento y la gestión
urbanística similares, promovidos y gestionados por el concursante.
b) Plantilla mínima o contratos de servicios profesionales.
Tener como personal en nómina dentro de la plantilla de la empresa en condición de fijo un mínimo de los siguientes efectivos:
- Un arquitecto o ingeniero superior.
- Un arquitecto técnico.
- Un ingeniero técnico industrial o de categoría superior.
- Un topógrafo.
- Un licenciado en Derecho.
Se
acreditará este extremo por medio de copia compulsada de los contratos
laborales correspondientes, así como del estado de alta en el momento de
la presentación.
Además habrá que acompañar copia del certificado de la titulación académica de cada uno de ellos.
Cualquiera
de los efectivos mínimos anteriores podrá ser sustituido por la
acreditación de la suscripción de un contrato de servicios profesionales
para el PAI concreto objeto de licitación con carácter previo a la
presentación de la proposición y durante la vigencia del mismo.
Se acreditará este extremo por medio de copia compulsada de los contratos de servicios profesionales correspondientes.
Además habrá que acompañar copia del certificado de la titulación académica de cada uno de ellos.
c)
Declaración que indique la media anual de personal, con mención, en su
caso, del grado de estabilidad en el empleo y la plantilla del personal
directivo durante los tres últimos años.
d) Declaración del material,
instalaciones y equipo técnico con el que cuente el urbanizador para el
cumplimiento de sus compromisos.
e) Declaración de las medidas
adoptadas para controlar la calidad durante el desarrollo y ejecución
del programa de actuación integrada, incluyendo los medios de estudio e
investigación de los que se disponga.
f) Declaración de las medidas
de gestión medioambiental que el concursante está dispuesto a aplicar
durante el desarrollo y ejecución del programa de actuación integrada.
2.
Si por razones justificadas en cada caso concreto el urbanizador no
estuviera en condiciones de presentar la documentación solicitada por el
Ayuntamiento, podrá acreditar su solvencia técnica y profesional
basándose en la solvencia de otras entidades, con independencia de los
vínculos jurídicos que tengan establecidos entre ellos, debiendo
demostrar en este caso ante el ayuntamiento que contará con los medios
necesarios para la ejecución del programa de actuación integrada,
presentando los compromisos o documentos de análoga naturaleza que hayan
suscrito entre ambos. Lo anterior se aplicará, en todo caso, cuando
concurra a la licitación una agrupación de interés urbanístico.
3. La
justificación de la solvencia técnica y profesional de las agrupaciones
de interés económico, uniones temporales de empresas u otras
agrupaciones de personas naturales o jurídicas que decidan concurrir
conjuntamente al concurso podrá basarse en los requisitos de solvencia
de, al menos, uno de sus miembros.
IV. Procedimiento
IV.1. Tipo de procedimiento.
IV.1.1. Tipo de procedimiento: abierto.
IV.2. Criterios de adjudicación.
IV.2.1. Criterios de adjudicación: ver bases particulares XIX.
La
alternativa técnica representará un 65% de la valoración en relación
con la proposición jurídico-económica, que representará el 35% restante.
Se
valorarán de forma independiente la alternativa técnica y la
proposición jurídico-económica, con arreglo a los siguientes criterios
ordenados de manera decreciente:
Alternativa técnica total (100 puntos).
a) La calidad técnica de la ordenación propuesta (PRI) (40 puntos)
b) La calidad técnica de las soluciones propuestas para la urbanización (25 puntos)
c)
La resolución adecuada de la integración de la actuación en su entorno y
la mejor estructuración de dotaciones públicas y de espacios libres (20
puntos)
d) El plazo de ejecución del programa de actuación integrada (10 puntos)
e) Los compromisos adicionales asumidos voluntariamente y a su cargo el urbanizador (2 puntos)
f) Los medios para el control de cada una de las prestaciones que constituyen el objeto del programa. (2 puntos)
g)
El compromiso de edificación simultánea a la urbanización de los
solares resultantes de la actuación por encima de un mínimo legalmente
exigible (1 punto)
Proposición jurídico-económica (total 100 puntos).
a) Importe de las cargas de urbanización, expresado en euros por metro cuadrado de edificabilidad (50 puntos)
b)
La valoración de los terrenos a efectos de fijar el coeficiente de
cambio para el pago en especie y la menor proporción de solares o
aprovechamiento que deban ser puestos a disposición del urbanizador por
medio de reparcelación forzosa como retribución a cuenta de terceros con
los que no tenga contrato suficiente (25 puntos)
c) Mayor
proporción de terrenos propios o de asociados que deban quedar afectos
con garantía real inscrita en el Registro de la Propiedad al
cumplimiento de las obligaciones especiales de edificación derivadas de
la aprobación del programa (15 puntos)
d) Compromisos financieros
para la ejecución de las obligaciones complementarias asumidas
voluntariamente y a su costa por el urbanizador (10 puntos)
La
puntuación mínima que debe superar la alternativa técnica para poder ser
valorada la proposición jurídico-económica es de 50 puntos
IV.2.2. ¿Se realizará una subasta electrónica? no.
IV.3. Información administrativa.
IV.3.1. Número de referencia que el poder adjudicador asigna al expediente: UE A-12.1.
IV.3.2.
Publicaciones anteriores referentes al mismo contrato: BOP núm. 24, de
24 de febrero de 2009; DOCV núm. 6660, de 28 de noviembre de 2011.
IV.3.3. Condiciones para la obtención de las bases generales y particulares de programación.
Documentos sujetos a pago: no
IV.3.4. Plazo de recepción de ofertas y solicitudes de participación.
Las
proposiciones se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de
Burriana, plaza Mayor, 1, 12530, en horario de 09.00 a 14.00 horas,
durante los 4 meses siguientes a la publicación del anuncio del concurso
en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Si el último día de presentación coincidiera con sábado o festivo, se prorrogará hasta el primer día hábil siguiente.
También
podrán presentarse proposiciones por correo, en cuyo caso el interesado
deberá acreditar, con el resguardo correspondiente, la fecha de
imposición del envío en la oficina de Correos y la hora cuyo límite
será, en todo caso, las 14.00 horas del última día del plazo; y anunciar
el mismo día a la secretaría general del Ayuntamiento, por fax, télex o
telegrama, la remisión de la proposición. Sin cumplir tales requisitos
no será admitida la proposición en el caso en que se recibiera fuera del
plazo fijado en el anuncio de licitación.
Transcurridos, no
obstante, cinco días siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido
la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
IV.3.5. Lengua(s) en que puede redactarse la oferta o solicitud de participación: ES (español).
IV.3.6. Plazo durante el cual el licitador estará obligado a mantener su oferta: dos meses (artículo 137.2 LUV).
IV.3.7. Condiciones para la apertura de las ofertas.
Dentro
de los 10 días siguientes a la fecha del decreto de la Alcaldía
Presidencia que determinará la puntuación de las alternativas técnicas,
la mesa de calificación procederá, en acto público, a la apertura de las
proposiciones jurídico-económicas, levantándose acta. La fecha del acto
de apertura de plicas se notificará a los aspirantes a urbanizador y se
expondrá en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
V. Información complementaria
V.1. ¿Se trata de contratos periódicos? no.
V.2. ¿Se relaciona el contrato con un proyecto o programa financiado mediante fondos comunitarios? no.
V.3. Información adicional.
V.3.1.
Documentación acreditativa de la solvencia técnica, económica y
financiera: ver bases particulares XV, ver apartados III.2.2 y III.2.3,
del presente anuncio.
V.3.2. Documentación a presentar por cada concursante: ver bases particulares XVII y XVIII y bases generales XI.
Formalidades:
1.
Sobre 1. Documento Uno, se presentará con las formalidades detalladas
en la base XI.2 de las bases generales aprobadas por Acuerdo plenario de
5 de febrero de 2009 (BOP de Castellón núm. 24 de 24 de febrero de
2009), teniendo en cuenta, respecto a su contenido que:
A. Los
documentos que acrediten los requisitos de solvencia técnica y
profesional, económica y financiera, se referirán a los exigidos en la
base XV de las bases particulares.
B. Respecto del resguardo
acreditativo de haber constituido la garantía provisional, será en las
cuantías exigidas en la base XVI de las bases particulares.
C. Como
máximo, la finalización de la información pública de los documentos
establecidos en las letras a) y f) del artículo 126 de la LUV se
producirá dentro del plazo de dos meses contados desde la expiración del
plazo de cuatro meses fijado. Cada licitador deberá presentar en el
Ayuntamiento el acta notarial que acredite la información pública de su
alternativa técnica dentro de los 10 días siguientes a la finalización
del plazo de exposición pública de esa alternativa. El incumplimiento de
esta norma dará lugar a la no admisión de la propuesta de programa
presentada, por entenderse fuera de plazo.
Sobre 2. Con el nombre de
Alternativa técnica, que se presentará abierto y, adicionalmente, en
soporte informático. Contendrá la documentación detallada en la base
particular XVIII.
Sobre 3. Con el nombre de Proposición jurídico-económica, que se presentará asimismo cerrado y sellado.
Deberá
incluir necesariamente la documentación recogida en el modelo del anexo
II de las bases generales aprobadas por Acuerdo plenario de 5 de
febrero de 2009 (BOP de Castellón núm. 24 de 24 de febrero de 2009). Se
presentará debidamente firmada y fechada.
2. Cada concursante no
podrá presentar más de una proposición, ni formular variantes, con la
salvedad establecida en la base X. Tampoco podrá suscribir ninguna
propuesta en unión temporal con otras si lo ha hecho individualmente, o
figurar en más de una agrupación. El incumplimiento de estas normas dará
lugar a la no admisión de todas las propuestas de programa presentadas
por éste.
3. Los licitadores están obligados a someter la
documentación a que hace referencia el artículo 134.1 de la Ley 16/2005,
de 30 de diciembre, Urbanística Valenciana (DOGV de 31 de diciembre de
2005) y, en su caso, la exigida por el artículo 307 del Reglamento de
Ordenación y Gestión Territorial y Urbanística, aprobado por Decreto
67/2006, de 12 de mayo, del Consell de la Generalitat (DOGV de 23 de
mayo de 2006) a información al público por el plazo de un mes, en la
forma y requisitos señalados en tales preceptos. Antes de la publicación
del citado anuncio, los licitadores tendrán que haber remitido aviso
del inicio del procedimiento de gestión indirecta del programa al
domicilio fiscal de quienes consten en el catastro como titulares de
derechos afectados por la actuación propuesta, conforme a lo dispuesto
en el artículo 134.4 de la Ley 16/2005, de 30 de diciembre, Urbanística
Valenciana (DOGV de 31 de diciembre de 2005).
V.4. Procedimientos de recurso.
V.4.1. Órgano competente para los procedimientos de recurso:
Nombre oficial: Pleno del Ayuntamiento de Burriana.
Dirección postal: plaza Mayor, 1.
Localidad: Burriana.
Código postal: 12530.
País: España.
V.4.2. Presentación de recursos:
- Recurso potestativo de reposición: un mes ante el Pleno del Ayuntamiento de Burriana.
- Recurso contencioso-administrativo: dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Castellón.
V.4.3.Unidad
administrativa responsable de la tramitación del programa: Negociado de
Ordenación del Territorio, Urbanismo y Patrimonio.
Teléfono: 964 510 062 (ext. 208).
Fax: 964 510 955.
Dirección de correo electrónico: .
V.5. Fecha de envío del presente anuncio
El
anuncio del concurso del programa de actuación integrada fue enviado al
Diario Oficial de la Unión Europea en fecha 24 de febrero de 2012.
Burriana, 24 de febrero de 2012.- El alcalde: José R. Calpe Saera.