martes, 5 de abril de 2011

ORDEN 9/2011, de 8 de marzo, de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se convoca un concurso para la concesión de los Premios a los Mejores Proyectos Europeos de la Comunitat Valenciana 2011. [2011/3868]

 ORDEN 9/2011, de 8 de marzo, de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se convoca un concurso para la concesión de los Premios a los Mejores Proyectos Europeos de la Comunitat Valenciana 2011. [2011/3868]
La Comunitat Valenciana se ha constituido en los últimos años como un paradigma en la utilización eficaz de los fondos europeos, y en especial de los fondos estructurales. En esta labor, la Generalitat se ha visto acompañada, sobre todo en los últimos años por una decidida apuesta por la participación en los más diversos programas europeos de otros organismos e instituciones.
Estos proyectos desarrollados por los organismos e instituciones valencianas en colaboración con socios del resto de Europa han posibilitado no sólo el desarrollo de la región, sino también la creación de redes de cooperación europea entre sus participantes.
En el marco de las nuevas perspectivas financieras 2007-2013, esta participación constituye una sólida base para futuros proyectos en el campo del medio ambiente, la innovación y desarrollo, y el conocimiento, para hacer de la Comunitat Valenciana una región más productiva y competitiva.
Por este motivo, y en con el objeto de apoyar la participación en programas europeos, que tantos beneficios comporta para el conjunto de la Comunitat Valenciana, se considera conveniente continuar con la iniciativa lanzada en el año 2006, mediante la concesión de premios a los mejores proyectos europeos de la Comunitat Valenciana 2011, en los ámbitos de innovación, medio ambiente y desarrollo del conocimiento.
La anterior actuación se encuentra recogida en los objetivos y actividades del programa 112.40, Acciones Formativas, Divulgativas y de Intercambio de Experiencias, existiendo suficiente consignación presupuestaria en la Ley de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2011.
Así, en virtud de lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana, aprobado por el Decreto Legislativo de 26 de junio de 1991,


ORDENO

Primero
Convocar concurso para conceder los premios Mejores Proyectos Europeos de la Comunitat Valenciana 2011, y aprobar las bases por las que se regula esta convocatoria, que se incluyen como anexo I de esta orden.

Segundo
Los premios concedidos en virtud de esta convocatoria serán sufragados con cargo a la aplicación presupuestaria 07 04 01, programa 112.40, Relaciones Externas, línea código contable T1812000, de los presupuestos de la Generalitat para el año 2011, en los términos previstos en la base 9 del anexo I de esta orden, con un montante total máximo de quince mil euros (15.000 €).

Tercero
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.3 del Decreto 147/2007, de 7 de septiembre, del Consell, por el que regula el procedimiento de notificación y comunicación a la Comisión Europea de los proyectos de la Generalitat dirigidos a establecer, conceder o modificar ayudas públicas, se hace constar que los premios convocados en la presente orden tienen el carácter de ayudas de mínimis y, como tales, no precisan de su notificación a la Comisión Europea, en atención a las atribuciones concedidas por el Reglamento (CE) de la Comisión nº 1998/2006, de 15 de diciembre de 2006, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas de mínimis (DOUE L 379/5 de 28/12/2006).
De conformidad con el artículo 2.2 del mencionado Reglamento (CE) nº 1998/2006, la ayuda total de mínimis concedida a una empresa determinada no será superior a 200.000 euros, o a 100.000 euros si se trata de una empresa que opere en el sector del transporte por carretera, durante cualquier período de tres ejercicios fiscales.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, salvo en los casos a los que se refiere el artículo 44 de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o bien, directamente, recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo previsto en los artículos 10.1.a) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

Valencia, 8 de marzo de 2011

El conseller de Industria, Comercio e Innovación
y vicepresidente primero del Consell,
p. d. (Resolución de 30.07.2010, DOCV de 02.08.2010),
VICENTE RAMBLA MOMPLET


ANEXO I

Bases de la convocatoria del concurso para conceder los premios Mejores Proyectos Europeos de la Comunitat Valenciana 2011

Base 1. Objeto
Constituye el objeto de estas bases la regulación del concurso para conceder los Premios Mejores Proyectos Europeos de la Comunitat Valenciana 2011, con el fin de incentivar la participación de las organizaciones, instituciones y asociaciones valencianas, en el futuro, y para premiar el esfuerzo de éstas, en el presente, en el ámbito de los proyectos europeos.

Base 2. Modalidades y premios
En la presente convocatoria se establecen las siguientes modalidades y premios:
- Mejor proyecto medioambiental 2011: proyecto europeo que desarrolla y promueve las iniciativas de gestión de residuos, el reciclaje, y otras materias relacionadas con el medio ambiente. Premio único de cinco mil euros.
- Mejor proyecto para el desarrollo del conocimiento 2011: proyecto europeo que incentiva la formación de cualquier organismo, ente o cuerpo de la Comunitat Valenciana así como su desarrollo educativo. Premio único de cinco mil euros.
- Mejor proyecto de innovación 2011: proyecto europeo que mejora los ámbitos de innovación y desarrollo en cualquier campo económico y social de la Comunitat Valenciana. Premio único de cinco mil euros.

Base 3. Posibles solicitantes
Podrán presentarse a esta convocatoria las organizaciones, asociaciones, fundaciones, entidades públicas y privadas de la Comunitat Valenciana, participantes en proyectos europeos ejecutados en la Comunitat Valenciana o cuya ejecución esté relacionada estrechamente con la misma.
A los efectos de esta convocatoria, se entiende como participante en un proyecto europeo la persona jurídica (organización, asociación, entidad, organismo o fundación) que haya sido beneficiaria directa de la subvención europea destinada al proyecto correspondiente, en calidad de socio o líder del mismo.
Se admitirán únicamente los proyectos europeos finalizados o ejecutados en más de un 80% a fecha de la publicación de las presentes bases.

Base 4. Criterios de valoración
Las solicitudes se baremarán de acuerdo con los siguientes criterios y ponderación:




Base 5. Presentación de la solicitud y otros documentos
1. El formulario de solicitud, que figura como anexo II a la presente orden, estará, asimismo, disponible en la página web de la Dirección General de Relaciones Externas, en la siguiente dirección: .
El formulario de solicitud firmado por el titular, o representante legal, irá acompañado de los siguientes documentos:
a. Memoria descriptiva del proyecto (original y dos copias) redactada en cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana, con un máximo de 10 folios, donde se reflejen los datos siguientes: organización líder del proyecto, asociaciones u organizaciones participantes, justificación, objetivos, actividades realizadas, resultados obtenidos. Se adjuntará esta memoria también en soporte informático (formato Word). El formato que se utilice deberá facilitar la posible difusión o publicación.
b. Documentación que acredite la personalidad del solicitante: estatutos vigentes registrados y poderes de representación.
c. Documentación acreditativa de las actividades realizadas que permita valorar la candidatura, y en especial el grado de ejecución del proyecto.
d. Acreditación de no incurrir en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13 apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, realizada mediante declaración responsable, o a través de cualquiera de los medios establecidos en el artículo 13.7 de dicha ley y artículos concordantes de su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
e. Declaración responsable del solicitante sobre otras ayudas de mínimis que le hayan sido concedidas en el ejercicio fiscal corriente y en los dos ejercicios anteriores, de conformidad con lo exigido en el artículo 3.1 del Reglamento (CE) de la Comisión nº 1998/2006.
f. Declaración responsable del solicitante sobre otras ayudas recibidas para los mismos costes subvencionables, a fin de comprobar que no se superan los límites mencionados en el artículo 2.5 del Reglamento (CE) de la Comisión nº 1998/2006.
g. Declaración responsable del solicitante sobre el cumplimiento de la normativa sobre integración laboral de personas con discapacidad, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 279/2004, de 17 de diciembre, por el que se regulan medidas en los procedimientos de contratación administrativa y de concesión de subvenciones para el fomento del empleo de las personas con discapacidad.
2. Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los solicitantes que deseen participar en la presente convocatoria de premios deberán presentar su solicitud, y la documentación a que se refiere el apartado anterior, preferentemente en el Registro General de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, ubicado en la calle Santo Cáliz, número 2, 46002 de Valencia.

Base 6. Plazo de presentación
El plazo de presentación de solicitudes será de 2 meses a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Base 7. Resolución del concurso
1. Para la resolución del concurso se constituirá un jurado integrado por las siguientes personas:
- Presidente: el secretario autonómico de Relaciones con el Estado y con la Unión Europea, o persona que designe.
- Vocal: el director general de Relaciones Externas, o persona que designe.
- Vocal: el director general de la Delegación de la Comunitat Valenciana en Bruselas, o persona que designe.
- Secretario: un funcionario de la Secretaría Autonómica de Relaciones con el Estado y con la Unión Europea, que actuará con voz pero sin voto.
2. El jurado examinará los trabajos preseleccionados y formulará su propuesta. Podrá solicitar documentación adicional para una mejor valoración de los proyectos. Asimismo, el jurado podrá declarar desiertos los premios.
3. El funcionamiento del jurado deberá adaptarse a lo establecido en las presentes bases así como a las reglas contenidas en el capítulo II del título III de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4. La competencia para resolver la presente convocatoria corresponde a la consellera de Justicia y Administraciones Públicas, a propuesta del jurado.
5. El plazo para resolver y notificar será de seis meses desde la fecha de la publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana de la presente orden. Transcurrido dicho plazo sin que se haya producido resolución expresa, los participantes podrán entender que su proyecto no ha sido premiado.
6. La resolución por la que se concedan los premios será comunicada a los interesados y publicada en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Base 8. Dotación de los premios
Cada una de las modalidades de estos premios está dotada con un premio único de cinco mil euros (5.000 €), premio que tendrá el carácter de ayuda de mínimis regulada en el Reglamento (CE) de la Comisión nº 1998/2006.

Base 9. Obligaciones de los premiados
Los premiados deberán presentar, en el plazo de los diez hábiles siguientes a la publicación de la resolución de concesión de premios en el DOCV, a efectos de poder efectuar el abono del correspondiente premio, la siguiente documentación:
a) Ficha de mantenimiento de terceros según modelo normalizado, en la que constará la cuenta bancaria en la que se deba recibir la transferencia.
b) Acreditación de la titularidad de la cuenta bancaria que se señala en la ficha de mantenimiento de terceros.
Sin perjuicio de lo anterior, los premiados deberán cumplir las obligaciones previstas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y concordantes de su reglamento.

Base 10. Publicidad de las actuaciones
La concesión de los premios se publicará en el DOCV, sin perjuicio de poder utilizar cualquier otro medio de publicidad que se considere oportuno, de acuerdo con lo previsto en el artículo 18 de la ley General de Subvenciones.
Por otro lado, los premiados deberán dar la adecuada publicidad al carácter público del premio recibido, comprometiéndose a hacer publicidad de su condición de premiados en membretes, anuncios y memorias, así como en cualquier otra publicación o difusión de la actividad objeto del premio, especificando el año en que fueron premiados.

Base 11. Aceptación de las bases
La participación en el concurso supone la total aceptación de las presentes bases.